
A partir de este martes entró en vigencia la Ley 21.224, que permitirá a los mayores de edad solicitar al Registro Civil -por una sola vez- el cambio de orden de sus apellidos mediante un trámite administrativo, simplificando así el proceso que hasta ahora debía realizarse mediante un procedimiento judicial.
La Ley permitirá, además, que los padres -de común acuerdo- determinen el orden de apellidos de sus hijos al momento de inscribir el nacimiento.
El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín, destacó al respecto que desde ahora será “muy simple” llevar a cabo este trámite, ya que si bien previo a la Ley existía la posibilidad del cambio, se realizaba “a través de un juicio largo y engorroso con abogados y lleno de complicaciones para poder justificadamente hacer ese cambio”.
Detallando el nuevo procedimiento explicó que ”cuando se inscribe a un hijo o hija a partir de hoy, el padre o madre que inscribe va a tener que definir qué orden de apellidos quiere. Si los padres están de acuerdo, va a ser muy simple, y si no están de acuerdo, será el oficial del Registro Civil el que definirá por sorteo con qué orden van a ser inscritos esos hijos”.
Una vez inscrito el primero de los hijos comunes, los demás llevarán ese orden de los apellidos “para producir unidad en ese ámbito familiar”.
Para aquellos padres que ya inscribieron a sus hijos menores de edad, el secretario de Estado informó que la Ley abrió una ventana para que “a partir de un año a contar de hoy” puedan también realizar el cambio.
Por otra parte, los mayores de 18 años que quieran cambiar el orden de sus apellidos deberán agendar una reunión en el Registro Civil y ahí hacer la solicitud. El trámite no tendrá costo. (Fuente La Tercera)